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Superintendencia verificará las acciones realizadas por autoridades universitarias y recomendará medidas para prevenir estos casos
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Las denuncias deben presentarse ante las Defensorías Universitarias, los Tribunales de Honor de cada casa de estudios o de forma online o presencial ante la SUNEDU
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) ha solicitado a todas las universidades del país que entreguen información detallada sobre los casos de hostigamiento, acoso o violencia sexual que se hubieran registrado en su comunidad universitaria y las acciones ejecutadas en cada uno de ellos. Asimismo, ha requerido información sobre los protocolos o normativa interna aprobada para la atención de estos casos.
Esta acción de supervisión permitirá verificar el cumplimiento de los artículos 90 y 95.7 de la Ley Universitaria (LU) y su propósito es garantizar una acción efectiva y oportuna por parte de las autoridades universitarias ante los casos de hostigamiento, acoso o violencia sexual dentro de la comunidad universitaria. Las universidades tendrán 15 días hábiles para remitir lo solicitado.
A partir de la información recogida, la SUNEDU recomendará medidas, tanto normativas como comunicacionales, para prevenir situaciones similares y para que los miembros de la comunidad universitaria conozcan los canales de protección existentes.
Las universidades están obligadas a atender las denuncias de hostigamiento, acoso o violencia sexual. Por su parte, la SUNEDU tiene la potestad de hacer seguimiento a estos casos y sancionar una eventual inacción por parte de la universidad.
Cómo denunciar
La Superintendencia reitera, que es obligatorio para todas las universidades del país contar con una Defensoría Universitaria (art. 133 de la LU) y un Tribunal de Honor (art. 75 de la LU). Estas son las instancias a las cuales cualquier ciudadana o ciudadano puede recurrir para denunciar los casos de acoso, hostigamiento o violencia sexual.
Asimismo, el Ministerio de Educación ha aprobado los lineamientos que las universidades deberán seguir para la elaboración de normas internas orientadas a abordar los casos de hostigamiento sexual. Estos lineamientos contemplan la necesidad de establecer canales y protocolos adecuados para atender las denuncias, así como la implementación de actividades de prevención.
Según la Dirección de Supervisión de la SUNEDU, 117 universidades de todo el país ya cuentan con una Defensoría Universitaria. Durante el 2018 la superintendencia ha registrado 7 denuncias sobre acoso sexual en universidades. A partir de ellas se han llevado a cabo acciones de supervisión y actuaciones de oficio.
Finalmente, la SUNEDU recuerda a la ciudadanía que además de la Defensoría Universitaria y el Tribunal de Honor, se pueden realizar denuncias sobre estos y otros casos a través del aplicativo web de la SUNEDU: https://enlinea.sunedu.gob.pe/denuncia
¿Qué dice la Ley Universitaria?
- Las denuncias por hostigamiento sexual y delitos contra la libertad sexual pueden ser presentadas ante la Defensoría Universitaria o el Tribunal de Honor de la universidad. Es facultad del Consejo Universitario imponer las sanciones que correspondan.
- La Ley Universitaria establece como causal de destitución del docente el realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad y libertad sexual tipificados como delitos en el Código Penal. En esa línea, la referida Ley indica que el docente investigado por dicha causal debe ser separado preventivamente, mientras dure el procedimiento administrativo que corresponda.
Lima, 20 de julio del 2018