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SUNEDU DENIEGA LA PRIMERA LICENCIA INSTITUCIONAL A UNA UNIVERSIDAD EN EL PERÚ

By Juan Antonio Ascanio Limaylla | Noticias | Comments are Closed | 18 octubre, 2018 | 0
  • La Universidad Orval debe cesar sus actividades, en un plazo de 2 años, debido a que no cumple con las Condiciones Básicas de Calidad.
  • La SUNEDU, en coordinación con el MINEDU, ha elaborado medidas para proteger la continuidad de los estudios de sus 176 alumnos

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) denegó la licencia institucional a la Universidad Peruana de Arte ORVAL (Orval) debido a que no cumple con las Condiciones Básicas de Calidad establecidas en la Ley Universitaria.

La universidad queda automáticamente impedida de realizar procesos de admisión y de matricular estudiantes nuevos. No obstante, el cese será gradual: en ningún caso podrá cesar sus operaciones inmediatamente ni interrumpir el ciclo académico en curso. Durante dicho proceso, la prioridad de la SUNEDU será proteger los derechos de los alumnos, procurando que estos cuenten con alternativas para proseguir sus estudios en universidades que reúnan las Condiciones Básicas de Calidad.

“El inicio del proceso de cese de actividades debe ser entendido como una oportunidad, tanto para el país como para los estudiantes”, resaltó el superintendente de la SUNEDU, Dr. Martín Benavides Abanto. “Los estudiantes podrán ser trasladados a instituciones que sí cumplen con condiciones básicas de calidad y les ofrecen un mejor futuro para ellos y sus familias”.

Esta decisión convierte a Orval en la primera universidad que deberá iniciar un proceso gradual de cese de actividades en un plazo que no podrá ser mayor a dos años, es decir, como máximo, al final del ciclo académico 2020-2.

En ese sentido, los estudiantes de Orval cuentan con las siguientes opciones para continuar sus estudios:

a) Podrán culminar sus estudios en dicha universidad durante el plazo establecido por ella para el cese de actividades (que, como se indicó, no podrá exceder los dos años).

Aquellos estudiantes que no deseen o no puedan culminar sus estudios en este plazo (por estar cursando los primeros años de estudio) deberán optar por el traslado. Para ello, cuentan con dos alternativas:

b) Orval podrá celebrar convenios con otras universidades para reubicar a los alumnos. En estos casos, la universidad receptora debe contar necesariamente con licencia institucional y podrá admitir a los estudiantes mediante exámenes de suficiencia, convalidaciones de cursos, entre otras modalidades.

c) También, de manera libre, los estudiantes pueden optar por hacer un traslado a otra universidad o institución independientemente de los convenios establecidos por Orval.

Responsabilidades de la universidad

La SUNEDU supervisará que Orval le informe sobre el mecanismo de continuación de estudios optado por cada uno de sus estudiantes. Asimismo, debe remitirle información sobre sus egresados, graduados y titulados. Estos datos deben entregarse en un plazo de 60 días.

Orval podrá otorgar grados y/o títulos por un plazo máximo de 24 meses adicionales contados a partir de la fecha de cese definitivo del servicio educativo. Los egresados que no hayan obtenido el grado y/o título en dicho plazo podrán solicitar su traslado, matrícula y/o convalidación de estudios en otra universidad que cuente con una carrera similar, con el objetivo de retomar el proceso de graduación y titulación correspondiente.

Durante todo el tiempo que Orval siga brindando el servicio educativo, la SUNEDU y el Ministerio de Educación, en coordinación con la Defensoría del Pueblo y el Indecopi, supervisarán el cumplimiento de estas obligaciones durante el proceso de cese, de acuerdo con sus respectivas competencias. De detectarse lo contrario podrá derivar en sanciones administrativas y denuncias penales contra la universidad y sus promotores.

La Universidad Orval

La Universidad Peruana de Arte Orval es una universidad privada societaria (con fines de lucro). Su único local se ubica en el distrito limeño de San Borja. En la actualidad, tiene 176 alumnos y ofrece tres carreras de pregrado.

Como se señala en la resolución de denegatoria, durante el proceso de evaluación de Condiciones Básicas de Calidad, iniciado en setiembre del 2016, Orval no pudo demostrar el cumplimiento integral de los estándares requeridos para poder prestar el servicio universitario. De 44 indicadores de calidad que le aplican, Orval incumplió 33. Dentro de deficiencias detectadas en relación, cabe destacar las siguientes:

  • Según la información presentada y evaluada, solo el 5,9% del total de su plana docente es a tiempo completo, lo que está muy por debajo del 25% que establece la Ley Universitaria.
  • Carece de los talleres suficientes y con el equipamiento adecuado para el desarrollo de su oferta académica.
  • Los planes de estudio de sus tres carreras no cumplen con el número de horas formativas exigidas por Ley.
  • No cuenta con planes y protocolos de seguridad para el manejo adecuado de residuos inflamables o peligrosos, lo que pone en riesgo la seguridad y salud de la comunidad universitaria.
  • No cuenta con mecanismos adecuados de apoyo a la inserción laboral ni de seguimiento a sus egresados.
  • La normativa vinculada a la admisión y la obtención de grados y títulos no permite brindar seguridad jurídica a los estudiantes sobre estos procesos, pues no cuenta con la aprobación de la autoridad competente.
  • No cuenta con sistemas de información consistentes vinculados a la gestión docente y a la matrícula, lo que obstaculiza el acceso a información suficiente para que los estudiantes, docentes y administrativos puedan tomar decisiones adecuadas.
  • No ha demostrado la ejecución del gasto con respecto al presupuesto asignado para los distintos servicios complementarios que aportan con la formación integral de los estudiantes y contribuye con la protección de su bienestar: para los servicios de salud, sociales, deportivas, psicopedagógicos y culturales.
  • En cuanto al fomento de la investigación, no cumple con los criterios mínimos al no contar con el personal suficiente, ni hay claridad ni seguridad sobre las funciones de los docentes vinculados a estas tareas. Asimismo, se ha determinado que su proyecto institucional de investigación no guarda coherencia ni es consistente en relación a la gestión de las líneas de investigación y los proyectos de investigación.

La solicitud de Licenciamiento de la Universidad Peruana de Arte Orval fue presentada el 11 de setiembre de 2016. El resultado de la revisión documentaria (primera etapa de evaluación) fue desfavorable, por lo que se le requirió un plan de adecuación. Este plan fue presentado en enero de 2017, pero posteriormente fue desestimado por la misma universidad.

Tras recabar información y constatar in situ que las observaciones formuladas no habían sido corregidas, la Dirección de Licenciamiento emitió un informe técnico. Después de la revisión y análisis respectivos, el Consejo Directivo de la SUNEDU dispuso culminar el procedimiento de licenciamiento de Orval ante la falta de evidencia de condiciones que garantizaran la provisión de un servicio educativo con estándares mínimos de calidad.

La SUNEDU, tomando en cuenta los principios de interés del estudiante, de continuidad de estudios y de calidad académica, ha establecido en la respectiva resolución de denegatoria que Orval deberá mantener el estado de sus 11 indicadores evaluados de manera favorable, durante el tiempo que siga brindando el servicio educativo. Esta obligación será supervisada por la SUNEDU, en caso de detectar algún incumplimiento, coordinará con otras entidades, como el Ministerio de Educación, el Indecopi y la Defensoría del Pueblo, para que se tomen las acciones en el marco de sus respectivas competencias.

 

Lima, 18 de octubre del 2018

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 141-2018-SUNEDU/CD
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 141-2018-SUNEDU/CD (ANEXO)
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