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SUNEDU DENIEGA LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL A LA UNIVERSIDAD MARÍTIMA DEL PERÚ

By Juan Antonio Ascanio Limaylla | Noticias | Comments are Closed | 18 enero, 2019 | 0
  • La UMP deberá cesar sus actividades por no cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad exigidas por la Ley Universitaria.
  • Hasta el momento son 5 las universidades a las que se les ha denegado la autorización, mientras que 61 han obtenido el licenciamiento en todo el país.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) denegó la licencia institucional a la Universidad Marítima del Perú (UMP), luego de verificar que no cumple con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria.

Con esta decisión, la UMP queda impedida de convocar procesos de admisión bajo cualquier modalidad y deberá ofrecer a sus estudiantes alternativas para que puedan reubicarse en otras casas de estudio. Además, deberá dejar de prestar el servicio educativo universitario en un plazo máximo de 2 años contados a partir del siguiente semestre de la denegatoria.

La evaluación realizada a la UMP reveló que entre las deficiencias más graves se cuentan las relacionadas a infraestructura, irregularidades académicas relacionadas al número de horas lectivas y acceso a talleres y laboratorios, incumplimiento de procesos de selección y evaluación docente, ausencia de sistemas virtuales básicos, entre otros. A ello, se suma la carencia de políticas y presupuesto para el desarrollo de investigación.

Es importante precisar que la universidad contó con más de un año –desde que fue notificada formalmente– para levantar las observaciones y dar cumplimiento a las CBC.

La casa de estudios, que cuenta con 180 estudiantes y tiene una oferta vigente de 3 programas de pregrado: Ingeniería de Navegación y Marina Mercante; Ingeniería del Transporte Marítimo y Gestión Logística Portuaria; y Derecho del Mar y Servicios Aduaneros.

Principales incumplimientos:

  • En algunos ciclos, la SUNEDU detectó que el número de ingresantes por semestre superaba al número de postulantes.
  • En cuanto a infraestructura y equipamiento adecuado, se evidenció que existen cursos con horas prácticas en ingenierías que aún no cuentan con laboratorios y talleres asignados para el desarrollo de sus actividades académicas.
  • La UMP tiene un servicio de biblioteca implementado solo en uno de sus 2 locales. Asimismo, el repositorio institucional solo poseía 3 trabajos de investigación a la fecha de revisión.
  • La universidad no cuenta con el porcentaje mínimo de docentes a tiempo completo exigido por la Ley Universitaria (25%). Además, no se pudo corroborar mecanismos de mejora, transformación y actualización de competencias en su cuerpo docente, debido a que no cumple con sus propios procesos de selección y evaluación de la plana académica.
  • La mayoría de los sistemas de información está en proceso de implementación o en fase de prueba. Estos son necesarios para la gestión económica y financiera, gestión docente y de servicios al estudiante (como la matrícula en línea y aprendizaje virtual).
  • Ninguna de las 12 líneas de investigación posee definición u objetivos. El presupuesto anual 2018 de investigación no garantiza el desarrollo de la actividad investigadora por parte de docentes y alumnos. Asimismo, la UMP no cuenta con mecanismos claros para otorgar financiamiento a proyectos de investigación.
  • En cuanto a la verificación de los servicios complementarios, la universidad presentó inconsistencias en la información del presupuesto asignado a ellos y no demostró contar con personal que cumpla con los requisitos para el cargo establecidos en su propia normativa. Tampoco pudo garantizar la sostenibilidad y continuidad de los servicios de salud, seguridad y vigilancia.
  • Respecto a su sostenibilidad financiera, la universidad presentó estados financieros no auditados. Tras su análisis, la Superintendencia concluyó que la UMP podría enfrentar dificultades para asumir obligaciones de pago a corto y largo plazo, pues tampoco cuenta con evidencias razonables para afirmar el crecimiento proyectado que declara y la sostenibilidad financiera necesaria para mejorar y mantener las CBC.

Responsabilidades de la universidad

La SUNEDU supervisará que la UMP informe sobre el mecanismo de continuación de estudios elegido por cada estudiante. Asimismo, la universidad debe remitir a la Superintendencia la información sobre sus egresados, graduados y titulados. Estos datos deben entregarse en un plazo de 60 días.

La UMP podrá otorgar grados y títulos por un plazo máximo de 24 meses adicionales contados a partir de la fecha de cese definitivo del servicio educativo. Los egresados que no hayan obtenido el grado o título en dicho plazo podrán solicitar su traslado, matrícula y/o convalidación de estudios en otra universidad que cuente con una carrera similar, con el objetivo de retomar los procesos de graduación y titulación correspondientes.

Durante el tiempo que la UMP siga brindando el servicio educativo, la SUNEDU y el Ministerio de Educación supervisarán el cumplimiento de estas obligaciones, de acuerdo con sus respectivas competencias. El incumplimiento podrá derivar en sanciones administrativas y denuncias penales contra la universidad y sus promotores.

La UMP deberá mantener el estado de los indicadores evaluados de manera favorable durante el proceso de cese durante el tiempo que siga brindando el servicio educativo. Esto, en virtud a los principios de interés superior del estudiante, de continuidad de estudios y de calidad académica. Esta obligación será supervisada por la SUNEDU.

Los plazos

  • En un plazo máximo de 60 días calendario —contados desde el día siguiente de notificada la resolución—, la universidad deberá informar a la SUNEDU el plazo en el que cesará sus actividades. Además, deberá informar sobre todos sus estudiantes matriculados en el semestre en curso, con reserva de matrícula, retirados o que hayan realizado traslado externo, consignando el número de créditos aprobados de cada uno, el mecanismo que han elegido para continuar sus estudios y cualquier otra información relevante.
  • En un plazo máximo de 90 días calendario antes de la fecha del cese definitivo, la universidad deberá presentar ante la SUNEDU información sobre todos los egresados, graduados y titulados.
  • Los convenios de traslado y reubicación de estudiantes con otras universidades deberán informarse a la SUNEDU en un plazo máximo de 15 días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción de los mismos.

 

Lima, 18 de enero del 2019

RES. CD. N°004-2019-SUNEDU/CD
RES. CD. N°004-2019-SUNEDU/CD (ANEXO)
FE DE ERRATAS DEL ANEXO DE LA RES. CD. N°004-2019-SUNEDU/CD
Dirección de Licenciamiento, licenciamiento, Martín Benavides, Universidad Marítima del Perú

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🚨 #ATENCIÓN Sunedu deniega la licencia institucional a la Universidad Santo Domingo de Guzmán. La #USDG no pudo corroborar el cumplimiento de ninguna de las Condiciones Básicas de Calidad. Ver más ➡ sunedu.gob.pe/sunedu… pic.twitter.com/WYFG…

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