- De esta manera, se garantizará los derechos de la comunidad universitaria
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), en cumplimiento de la modificación de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobó criterios para evaluar la subsanación de conductas contrarias a la Ley Universitaria por parte de las universidades.
Mediante resolución, la Superintendencia estableció que una conducta se considera subsanada siempre que se repare o, de no ser posible ello, se compense sus efectos. Es decir, la Dirección de Supervisión de la SUNEDU no solo evaluará que se presente el cese de la conducta contraria a la Ley para archivar la supervisión que realiza. El análisis de la subsanación se realizará mediante informes preliminares y de resultados.
Estos criterios buscan dotar de predictibilidad a las actuaciones de la SUNEDU, es decir, reducir y/o eliminar decisiones distintas frente a situaciones similares a fin de generar seguridad jurídica, además de generar incentivos en los propios sujetos supervisados para mitigar los efectos perjudiciales de sus conductas y reafirmar la vigencia de la Ley Universitaria en beneficio de todos los estudiantes.
Para conocer las medidas adoptadas para evaluar y calificar la subsanación de conductas contrarias a la Ley Universitaria, te invitamos a visitar nuestra web en el siguiente enlace.
Lima, 23 de junio del 2017