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Preguntas frecuentes

Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado

Obtuve un grado/título en una universidad con licencia denegada. ¿Aún es válido?

Sí. Los grados académicos y títulos profesionales emitidos por esta universidad son válidos. Los titulares de dichos grados y títulos son reconocidos como tales y tienen los derechos que le reconocen las leyes.

¿La universidad con licencia denegada podrá otorgar grados y títulos?

Cabe indicar que, mediante la RCD 030-2024-SUNEDU/CD, se habilitó a que las universidades en proceso de cese por la denegatoria de su licencia puedan, según corresponda, acogerse a la ampliación excepcional del plazo para continuar con el otorgamiento de grados y títulos hasta por dieciocho (18) meses adicionales, al periodo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Cese. Ver plazos aquí

¿La denegatoria o cancelación de licencia obliga a la universidad a cesar las actividades inmediatamente?

No. El reglamento establece el cese progresivo de las actividades de la universidad cuya licencia haya sido denegada. La prestación del servicio educativo no debe ser interrumpida durante el semestre o año en curso al emitirse la resolución respectiva.

¿Cuál es el plazo máximo que tiene una universidad para cesar sus actividades?

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, se establece que el plazo de cese no debe exceder el plazo máximo de 2 años contados a partir del semestre siguiente a la fecha de notificación de la resolución de denegatoria.
Al respecto, a fin de coadyuvar a la continuidad de estudios, la SUNEDU aprobó disposiciones que habilitan a las universidades en proceso de cese a acogerse a la ampliación excepcional del plazo de cese, en el marco del ejercicio de su autonomía, para tal efecto deberán presentar un plan de operaciones e informar su nuevo plazo de cese en la oportunidad establecida en la norma. Te invitamos a revisar la fecha de tu universidad.

¿La universidad podrá convocar a procesos de admisión?

Luego de conocerse la resolución de denegatoria o cancelación de licencia, las universidades en proceso de cese no podrán convocar procesos de admisión, admitir o matricular nuevos estudiantes.

¿Con que mecanismos de continuación de estudios cuentan los estudiantes?

La universidad con licencia denegada deberá brindar a sus estudiantes dos mecanismos de continuación de estudios, y estos deberán manifestar su elección:

1) La continuidad de los estudios a través de convenios en universidades receptoras que cumplan con ciertas condiciones, como ser licenciada, contar con programas académicos afines, capacidad disponible y localización.

2) La continuidad de los estudios en la misma universidad, dentro del plazo declarado por la propia universidad para su cese definitivo.
La universidad con licencia denegada debe informar a la Sunedu sobre los convenios de traslado o reubicación de estudiantes que firme con las universidades receptoras. El plazo para remitir la información es de 15 días calendarios desde la celebración del convenio.

De manera independiente, los estudiantes pueden trasladarse a otra universidad que cuente con licencia institucional, al margen de los convenios que celebre la universidad con licencia denegada.

¿Hasta cuándo puede otorgar grados y títulos la universidad?

De acuerdo con el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, se establece que las universidades cuentan con hasta 24 meses, desde el cumplimiento del plazo de cese informado por las universidades, para otorgar grados y títulos.
Sin embargo, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2024-SUNEDU/CD, se dispone que pueden optar por una ampliación excepcional de hasta 18 meses adicionales. Te invitamos a revisar la fecha de tu universidad.

¿Qué sucederá con la información de los estudiantes de universidades en proceso de cese?

La universidad con licencia denegada es responsable de la administración del acervo académico de sus estudiantes, egresados, graduados y/o titulados. En el caso de la reubicación de estudiantes a otra universidad, a través de la celebración de convenios, el acervo académico debe ser remitido a la universidad receptora dentro de los plazos y condiciones establecidas en el convenio.

¿Cuál es el rol de Sunedu frente al cese de actividades?

La Sunedu tiene la facultad de supervisar el cese de actividades y de informar a la ciudadanía e instancias competentes los resultados de estas acciones de supervisión.

Si tienes alguna consulta adicional sobre el proceso de Cese de Actividades de las universidades que no obtengan la Licencia Institucional ingresa aquí.

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